Exención Provisional por Presencia Ilegal en los EE.UU. Para Familiares Inmediatos de Ciudadanos Americanos
En Enero 2, 2013, el departamento de Ciudadanía e Inmigraciones de los EE.UU. (USCIS por sus siglas en Ingles) anunció un nuevo proceso de exención provisional para ciertos familiares inmediatos de ciudadanos Americanos. La regla aplica a ciertos extranjeros que entraron a los Estados Unidos sin inspección y que por lo tanto están prohibidos de legalizar su estatus debido a su presencia ilegal.
¿Cuál es la ley?
Cónyuges, hijos e hijas de los ciudadanos americanos quienes han acumulado un periodo de presencia ilegal en los EE.UU. tienen que dejar el país para poder aplicar a la residencia permanente. Una vez que salen de los EE.UU., ellos están prohibidos de re ingresar a los EE.UU. por un periodo de 3 o 10 años. Sin embargo, el aplicante - familiar extranjero del ciudadano americano padre o esposo - puede solicitar una exención que, si es que es aprobada, le permitirá retornar a los EE.UU. más pronto:
Una aplicación a exención debe ser acompañada de evidencia que pruebe:
- Que el familiar ciudadano americano sufrirá dificultad extrema como resultado de la separación, y
- Que el familiar inmediato se merece el ejercicio discrecional en su favor.
El estándar de prueba requerido es muy alto. El simple hecho de estar separado de su familiar no es considerado dificultad extrema. Debe presentarse documentación de circunstancias especiales que muestren que la dificultad es de un nivel extremo. Existen un número de factores positivos y negativos que deberán ser balanceados para determinar si una persona merece ser admitida a los EE.UU. a pesar de su periodo previo de presencia ilegal.
¿Cuál ha sido el cambio?
Previamente las peticiones para exención por dificultad debían ser presentadas en el extranjero en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos y la decisión de otorgar o no la exención era exclusiva del Departamento del Estado (DOS). Estas decisiones no siempre eran tomadas rápidamente. Los ciudadanos americanos con frecuencia sufrían largos periodos de separación de sus miembros de familia mientras las aplicaciones por exenciones estaban pendientes.
Bajo el nuevo proceso, los cónyuges e hijos de los ciudadanos Americanos que sean elegibles para una visa para emigrar legalmente a los EE.UU., pero que necesitan de una exención a su inadmisibilidad producto de su presencia ilegal en los EE.UU. podrán aplicar a una exención ANTES de dejar los EE.UU. La decisión de otorgar o no la exención provisional será hecha por el oficial de USCIS basado en los mismos estándares usados por los oficiales consulares en el extranjero.
Si la exención es otorgada, los aplicantes están requeridos de retornar a sus países de origen para aplicar a una visa de inmigrante y re-ingresar a los EE.UU. legalmente. A pesar de que los aplicantes deben retornar a su país de origen, el tiempo que pasan lejos de sus familiares será generalmente mucho más corto debido a que la exención habrá sido otorgada con anterioridad.
¿Por qué USCIS se refiere a la exención como exención provisional?
USCIS se refiere a la exención como provisional porque ésta no tendrá efecto sino hasta que el aplicante:
- Salga de los EE.UU.,
- Aparezca en su entrevista de visa inmigrante en su consulado, y
- El oficial del DOS determine que el aplicante cumple con todos los requisitos/ criterios sin considerar la presencia no autorizada en los EE.UU.
¿Quien se puede beneficiar de este nuevo proceso?
Un individuo puede aplicar a una exención provisional debido a su presencia ilegal en los EE.UU. si el o ella:
- Esta físicamente presente en los EE.UU.,
- Tiene al menos 17 años de edad,
- Es beneficiario de una petición de visa aprobada (I-130) clasificándolo a el/ella como familiar inmediato de un ciudadano Americano
- Está activamente siguiendo su proceso de visa inmigratorio y ha pagado la cuota para el proceso de visa al departamento del estado
- Es inadmisible a EEUU únicamente debido al periodo de presencia ilegal que ha acumulado, esto quiere decir que el individuo no esta sujeto a ninguna otra razón de inadmisibilidad
- Puede demostrar que si se le rehúsa admisión esto crearía extrema dificultad al padre/cónyuge Americano
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